Aún quedan aspectos sin resolver, como la cobertura por incapacidad permanente o jubilación, el cálculo de la indemnización por despido y la cuantía cubierta por parte del FOGASA
La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el pasado jueves, del Real Decreto-Ley 16/2002 por el que se mejoran las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las trabajadoras del hogar supone un gran avance en la equiparación de los derechos laborales y de Seguridad Social a los del resto de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena de todas las mujeres que trabajan en el sector de los cuidados y el hogar. Esta reivindicación histórica fue recogida, de manera específica, en el documento que, bajo el título “Para una sociedad más justa. Propuestas políticas ante las elecciones legislativas de 2019”, planteaba Cáritas para esta legislatura. Cáritas, lleva décadas acompañando a las mujeres trabajadoras del hogar familiar, así como reivindicando la equiparación y adecuación de sus derechos a lo contemplado en tratados internacionales, como el Convenio 189 de la OIT recientemente ratificado por el Congreso, y a la Jurisprudencia, tanto de tribunales españoles como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La nueva norma recoge algunas de esas reiteradas peticiones de un sector integrado de forma mayoritaria por mujeres y con un alto porcentaje de migrantes. Este colectivo, especialmente vulnerable, podrá por fin, acceder a la cobertura ofrecida por la prestación por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial en caso de insolvencia de la familia empleadora tras la extinción del contrato de trabajo, como ocurre con el resto de las personas trabajadoras por cuenta ajena. Además, se especifican las causas de finalización de la relación laboral en términos semejantes a la de cualquier trabajador o trabajadora. La figura del desistimiento, que permitía un despido sin causa, anacrónica e injusta, desaparece. Por otro lado, se arbitra un sistema de bonificaciones para la persona empleadora en el coste de las cotizaciones que esperamos alivie, en parte, la carga económica para las familias sin por ello restar derechos a las personas trabajadoras. Sin embargo, el Real Decreto, deja todavía algunos aspectos sin resolver que impiden la equiparación total entre las trabajadoras del hogar y el resto de personas trabajadoras del régimen general. “Se mantienen diferencias en el cálculo de la indemnización por despido y en la cuantía cubierta por parte del FOGASA. De igual manera, de cara a la cobertura por incapacidad permanente o por jubilación, la equiparación plena se ha quedado por el camino”, explica Pedro Carceller, técnico del equipo de Incidencia Política de Cáritas Española. “Cáritas -señala- celebra los progresos logrados y seguirá trabajando para promover el pleno reconocimiento social y legal de la profesión, tratándose de un pilar fundamental del sistema de cuidados necesitado de reflexión y promoción”.
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Cáritas considera un avance la equiparación de los derechos laborales de las trabajadoras del hogar
Aún quedan aspectos sin resolver, como la cobertura por incapacidad permanente o jubilación, el cálculo de la indemnización por despido y la cuantía cubierta por parte del FOGASA
La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el pasado jueves, del Real Decreto-Ley 16/2002 por el que se mejoran las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las trabajadoras del hogar supone un gran avance en la equiparación de los derechos laborales y de Seguridad Social a los del resto de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena de todas las mujeres que trabajan en el sector de los cuidados y el hogar.
Esta reivindicación histórica fue recogida, de manera específica, en el documento que, bajo el título “Para una sociedad más justa. Propuestas políticas ante las elecciones legislativas de 2019”, planteaba Cáritas para esta legislatura.
Cáritas, lleva décadas acompañando a las mujeres trabajadoras del hogar familiar, así como reivindicando la equiparación y adecuación de sus derechos a lo contemplado en tratados internacionales, como el Convenio 189 de la OIT recientemente ratificado por el Congreso, y a la Jurisprudencia, tanto de tribunales españoles como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La nueva norma recoge algunas de esas reiteradas peticiones de un sector integrado de forma mayoritaria por mujeres y con un alto porcentaje de migrantes. Este colectivo, especialmente vulnerable, podrá por fin, acceder a la cobertura ofrecida por la prestación por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial en caso de insolvencia de la familia empleadora tras la extinción del contrato de trabajo, como ocurre con el resto de las personas trabajadoras por cuenta ajena.
Además, se especifican las causas de finalización de la relación laboral en términos semejantes a la de cualquier trabajador o trabajadora. La figura del desistimiento, que permitía un despido sin causa, anacrónica e injusta, desaparece.
Por otro lado, se arbitra un sistema de bonificaciones para la persona empleadora en el coste de las cotizaciones que esperamos alivie, en parte, la carga económica para las familias sin por ello restar derechos a las personas trabajadoras.
Sin embargo, el Real Decreto, deja todavía algunos aspectos sin resolver que impiden la equiparación total entre las trabajadoras del hogar y el resto de personas trabajadoras del régimen general. “Se mantienen diferencias en el cálculo de la indemnización por despido y en la cuantía cubierta por parte del FOGASA. De igual manera, de cara a la cobertura por incapacidad permanente o por jubilación, la equiparación plena se ha quedado por el camino”, explica Pedro Carceller, técnico del equipo de Incidencia Política de Cáritas Española.
“Cáritas -señala- celebra los progresos logrados y seguirá trabajando para promover el pleno reconocimiento social y legal de la profesión, tratándose de un pilar fundamental del sistema de cuidados necesitado de reflexión y promoción”.
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